En la mañana del 9 de julio, Francisco Bombillar, investigador del proyecto GoEducación, ha participado en una «mesa de diálogo para la mejora de la docencia», en la sala de reuniones del Vicerrectorado de Calidad, Innovación Docente y Estudios de Grado de la Universidad de Granada, bajo el título «Cuando la Universidad sale a la calle. Retos para un paseo seguro de estudiantes y docentes con la ciudadanía».
En este foro, en el que también han tomado parte Gonzalo Águila Escobar (Director del Secretariado de Docencia Práctica y Educación No Formal), José Luis Cabezas (Director del Secretariado de Compromiso Social) y María Fernández Cabezas (Directora del Secretariado de Orientación Académica y Relaciones con los Centros), Francisco Bombillar, a la sazón Vicesecretario General de la Universidad de Granada, ha abordado las implicaciones jurídicas en torno al aprendizaje-servicio.
A modo de resumen, entre otros asuntos a los que se ha pasado revista, este investigador:
- ha analizado el concepto jurídico de aprendizaje-servicio a la luz de lo dispuesto en nuestros textos normativos (en particular, en la Ley Orgánica del Sistema Universitario y en la Ley del Voluntariado), desligando este término, en su concepción como práctica docente, de las prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación (afectadas por la Disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social), así como de la actividad altruista de voluntariado;
- ha expuesto el entramado de convenios de cooperación educativa que la Universidad de Granada mantiene con la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para el desarrollo de prácticas académicas externas y el fomento de la investigación e innovación docente en el ámbito educativo andaluz en centros docentes públicos no universitarios, así como con múltiples entidades del Tercer Sector de Acción Social (asociaciones y fundaciones) que se desempeñan en el campo del voluntariado educativo;
- ha prestado una especial atención a la cobertura que han de ofrecer aquí los seguros de responsabilidad civil y de accidentes y a la necesidad de que las actividades involucradas hayan sido organizadas o autorizadas por la Universidad para que caigan bajo el paraguas del Seguro Escolar Obligatorio;
- así como ha desgranado, por último, los efectos que aquí despliega la normativa que afecta a la protección del menor, a la protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, a la protección de datos de carácter personal o la propiedad intelectual.
Tras este fructífero encuentro se ha decidido constituir un grupo de trabajo, liderado por el Vicerrectorado de Calidad, Innovación Docente y Estudios de Grado, desde el que diseñar un marco jurídico institucional que discipline y respalde estas prácticas docentes innovadoras en la Universidad de Granada.